Deberes del alumno
El de alumno es un rol social que implica derechos y deberes. Estos últimos se rigen en general por el reglamento de convivencia escolar. En anteriores épocas, era el docente o directivo el que imponía las sanciones unilateralmente de acuerdo a su criterio (llamadas de atención, citación a los padres, amonestaciones, suspensiones, cambio de turno e incluso expulsión). En la actualidad no puede dejarse a un niño sin escolarización, pues la educación primaria y secundaria desde el año 2006 es obligatoria en Argentina.
Los reglamentos de convivencia se establecen en forma dialogada con participación de todos los actores de la comunidad educativa, y una vez fijado debe ser acatado, salvo que lo dispuesto sea inconstitucional, por violar alguno de los derechos del niño.
Los deberes surgen sobre todo del sentido común, y por aplicación del artículo 19 de la C. N. donde cada uno puede hacer lo quiera mientras no perjudique a terceros ni afecte la moral ni las buenas costumbres. Por lo tanto, en la escuela derechos fundamentales como hablar, comer en horas de clase, ir al baño a cada rato sin motivos reales, caminar o correr por el aula, se limitan en vistas a que es imposible enseñar si no hay un mínimo de orden.
Otros actos son mucho más evidentes en cuanto a su prohibición pues no son ni siquiera derechos: expresarse a los gritos, insultar, pegar, romper el mobiliario escolar, etcétera por lo que constituyen faltas más graves, y por lo tanto sancionables con mayor dureza.
Estudiar es un derecho y una obligación, por lo cual si el alumno lo cumple, tendrá como sanción desaprobar la asignatura correspondiente.
El docente como autoridad en el aula debe ser respetado, y todo cuestionamiento a sus decisiones debe hacerse en forma respetuosa, y siguiendo las vías jerárquicas, por el propio niño y por sus representantes legales.