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La formación docente en Argentina

Publicado por Hilda Fingermann

La nueva Ley de Educación en Argentina contempla este tema entre sus artículos 71 a 78, estableciendo como finalidad de la formación docente, que se realiza a nivel superior, preparar profesionales con capacidad para enseñar conocimientos y valores, que tiendan a formar personas en su integralidad, que a su vez cooperen en alcanzar una sociedad más justa y desarrollar la nación. Habla no solo de que sean capaces de transmitir conocimientos ya existentes, sino también de generarlos o producirlos. Todo de conformidad con las pautas y fines perseguidos por la UNESCO.

La formación docente comprende la formación inicial y continua, el apoyo pedagógico escolar y las tareas de investigación.

La identidad docente que se pretende construir está basada en lograr profesionales autónomos, capaces de trabajar en equipo, que confíen en las posibilidades de sus educandos, estimulando la igualdad, y que se vinculen con la cultura y actual problemática social.

Para lograr estos objetivos se plantea la implementación de políticas educativas, a través del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y el Consejo Federal de Educación, que tiendan a que se revalorice y jerarquice la formación docente, a la que reconoce como pieza clave si se quiere mejorar la educación. Otras propuestas: incentivar los estudios de investigación, diversificar las propuestas para que el docente luego de egresar del nivel inicial pueda seguir desarrollándose profesionalmente, con acreditación de instituciones y carreras.

La estructuración de la formación docente es en dos ciclos; uno común y básico, y otro especializado por nivel y modalidad. El desempeño puede ser en el aula o en la función de dirección y supervisión.

El Instituto nacional de Formación docente fue creado en el mismo año de la ley, y de acuerdo a ella, o sea, en el 2006. En el nivel inicial y primario la duración de la formación docente es de 4 años, siendo más extensa que hasta entonces, e incorpora las residencias.

El sistema de formación de profesores secundarios puede suceder a nivel terciario (en institutos superiores) o universitario, unos y otros públicos o privados.

La ley no tiene objeciones serias, pero sí su vigencia práctica. La formación docente en la realidad dista mucho de ser lo que reza el texto de la ley, y queda mucho por hacer para jerarquizar la profesión docente y establecer una formación seria y eficaz.