Colegios particiulares subvencionados
Los colegios privados o particulares subvencionados son aquellos que si bien tienen un dueño privado, reciben ayuda estatal para su funcionamiento, en vistas a que se considera que cooperan al desarrollo de la educación del país, juntamente con el gobierno. En Argentina, la reciben en general escuelas católicas, muchas de ellas parroquiales, que con ello permiten que los alumnos puedan tener una educación de calidad sin ser tan cara, ya que el aporte de fondos públicos, destinados a salarios docentes, permite reducir la cuota, que de lo contrario sería para sectores muy ricos de la sociedad, solamente. Esta opción es también muy común en otros países, como por ejemplo, Chile, sistema en este caso que tuvo sus inicios alrededor de 1950, llegando a su apogeo en los 80, cuando se produjo la municipalización de la enseñanza.
Se exigen ciertos requisitos para que un colegio pueda contar con subvención estatal, por ejemplo, que algunos alumnos que no puedan pagar la cuota mensual o la matriculación estén becados, que los pagos que deba realizar el establecimiento estén al día, que los docentes tengan la suficiente idoneidad, que su proyecto institucional enriquezca a la comunidad, etcétera; ya que el Estado revisa periódicamente si continúa o no otorgando la subvención.
Estos colegios han logrado imponerse frente a la educación pública, al ser preferidos por los padres, pues los docentes no hacen paros en reclamos de sus derechos y existen mayores exigencias en los estudios.
El artículo 62 de la Nueva Ley de Educación argentina establece que las autoridades educativas jurisdiccionales ejercen el control sobre los establecimientos privados de educación en cuando a su autorización, reconocimiento y control. El aporte estatal a los establecimientos privados autorizados comprende los salarios docentes, para ayudarlos a cumplir su función social, tomando en cuenta su proyecto educativo (arts. 64 y 65).