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Objetivos de la Educación Inicial

Publicado por Hilda Fingermann

La educación inicial es la primera salida del niño de su núcleo familiar. Importa una experiencia única, que puede ser vivida con alegría o no; y que marcará las posteriores etapas de la escolarización. Siempre importa una situación de expectativa, de miedos e incertidumbre, donde padres y maestros tendrán que trabajar conjuntamente, para que no se vuelva traumática. La socialización del niño con otros niños, sobre todo si no tiene hermanos puede implicar aprender a compartir, sentirse observado, querido o atacado; y solo se puede crecer si todas estas situaciones poseen la contención necesaria por parte de los adultos.

Es común en esta etapa las agresiones físicas, sobre todo cuando les es difícil comunicarse verbalmente entre los niños más pequeños, por no estar aún totalmente desarrollada su oralidad. La vigilancia de los maestros en estos primeros años debe ser constante para impedir estas agresiones, e incluso accidentes, pues su habilidad motora tampoco está totalmente desarrollada.

Para la Ley Federal de Educación 24.195 de la República Argentina, del año 1993, los objetivos de la educación inicial eran incentivar la estructura cognitiva, la imaginación, la expresión oral y escrita, la maduración sensorial y motriz, la expresión a través de juegos y expresiones artísticas, el deporte, la socialización y la internalización de valores éticos y afectivos.

Estimular la integración social, la cooperación y solidaridad con el grupo, la valoración de su medio ambiente.

Crear y fortalecer vínculos entre familia y escuela, tratar de prevenir las desigualdades de todo tipo entre los niños y atender a ellas con programas especiales.

La Ley 26.206 de 2006 conforma al sistema educativo nacional en cuatro niveles: inicial, primario, secundario y superior (artículo 17).

El capítulo II que comprende los artículos 18 a 25 trata sobre la educación inicial, reiterando y complementando a la anterior. Nos dice que la educación inicial conforma una unidad pedagógica. Según esta ley la educación inicial comprende a los niños entre los 45 días y los cinco años de edad, siendo solo obligatorio el último año, aunque la nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires están obligadas a extender a todos la educación a los cuatro años.

En esta ley se habla de los niños como sujetos de derechos, que son participantes activos en su proceso de aprendizaje, que debe ser integral. Se destaca la promoción de valores, especificando los de confianza, solidaridad, amistad y cuidado de su propia persona y de la de los demás.

Al igual que en la ley anterior, se destaca la formación de una mente creativa, pero se añade el fortalecimiento de la motivación intrínseca, que se revela en el fin de que el niño sienta placer por aprender. Se agrega también con respecto a la ley anterior que tenía por objeto promover el juego, el alto valor de éste para el desarrollo integral del niño, como ser individual y social.

Se reitera lo ya expresado en la normativa anterior, sobre el desarrollo de la capacidad de expresión oral, escrita y no verbal (arte, movimientos, literatura) y la educación física.

Se promueve la integración con las familias, igual que en la ley anterior, y la atención de desigualdades y problemas especiales, agregándose las dificultades de aprendizaje.